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Unimoda
CONSULTORIO COMERCIAL SOBRE COMERCIOS DE ROPA INFANTIL

   
 
PREGUNTA :
Quisiera saber si el margen del 100% del que vosotros hablais es igual de rentable que el 35% sobre el precio de venta que ofrecen ciertas franquicias, teniendo en cuenta que nos dejan la ropa en depósito y que en rebajas no varía. Por otra parte, he oido que una nueva normativa permite vender hasta el 20% de productos diferentes a los de la franquicia. ¿Está obligado el franquiciador a cumplir esta norma, suponiendo que ya esté en vigor?.

Maribel - Valladolid
RESPUESTA:

El 100% sobre coste es equivalente al 40% sobre venta. Dado que hay que pagar un 20% de IVA. De ahí hay que descontar los descuentos de Rebajas y maulas, del orden del 10% por lo que quedaría un margen neto del 30% sobre venta. Pero el 100% es una sugerencia, no quiere decir que tenga que ser así. De hecho las franquicias, al menos si le dejan los margenes que me indica, no creo que marquen con menos del 120/130% pues no se suelen destacar precisamente por unos precios de venta al publico bajos y eso lógicamente tambien limita las posibilidades de venta.

En todo caso, las franquicias siempre le dejarian un margen menor que el que obtendria si compra independientemente (logicamente a no ser que lo haga fatal, lo que no es descartable), pues de alguna forma tiene que pagar sus servicios, la ventaja que obtiene es que le facilitan un sistema ya probado y que tiene un porcentaje considerable de posibilidades de exito, ademas de facilitarle una marca mas o menos conocida.

Si la franquicia está bien diseñada, le haran un estudio previo que determinará si lo que usted pretende hacer es viable o nó. Esto es una gran ventaja si no tiene una experiencia previa, pues muchas veces uno tiene ideas que para nada se corresponden con la realidad del mercado y acaban conduciendo al cierre. Aunque el mismo estudio puede hacerselo una empresa especializada como la nuestra por un coste de las 50.000 pesetas. Los primeros 6 meses son criticos en cualquier comercio y de la impresión que obtengan nuestros clientes dependerá el exito o fracaso del establecimiento.

En cuanto a la normativa que se refiere, creo que no es así. Mis noticias son que eso solo es una normativa de la Comisión Europea que aun tiene que desarrollar el gobierno español y ademas solo es de obligado cumplimiento para aquellas enseñas que tienen una situación de dominio en el mercado, lo que no sucede con ninguna de ropa infantil, por lo que no nos afectaría. De todas formas algunas Franquicias, especialmente las que no son excesivamente conocidas, si permiten hacerlo, dado que son conscientes de sus propias limitaciones (siempre que no sean productos muy similares a los que ellas comercializan). En todo caso seria cosa de negociarlo previamente a la firma del contrato y que quede claramente especificado en el mismo.

Mi opinión personal es que todas deberian admitirlo y no solo por el bien de los franquiciados sinó por el propio bien de la enseña. Pues le permitirá cotejar mucho mejor el pulso del mercado y que la propia franquicia se retroalimente con las sugerencias y experiencias de sus franquiciados. Ademas, la competencia, cuando es razonable, siempre es buena, pues le permite mantener mejor el pulso del mercado y adaptarse mucho mas rapido a los cambios que se producen. El que el cliente tenga alguna posibilidad de irse a la competencia solo hace que nos esforcemos mas en realizar bien nuestro trabajo y esto sin duda acaba repercutiendo en nuestro propio beneficio.

Un saludo.

       Unimoda





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